Contraloría frena seguros para jerarcas con fondos públicos

Hacienda no puede cubrir responsabilidades personales de funcionarios

Contraloría prohíbe uso de fondos públicos en seguros para jerarcas

La Contraloría General de la República (CGR) ha emitido un oficio dirigido al Ministro de Hacienda, Nogui Acosta Jaén, y a la Proveedora Institucional, Carmen Inés Corrales Segura, en el que reitera la obligación de cumplir con el marco legal en materia de cauciones y contratación de pólizas de seguro para funcionarios públicos.

El documento, fechado el 16 de enero de 2025, enfatiza que la Hacienda Pública no puede asumir responsabilidades individuales de los jerarcas mediante seguros de responsabilidad civil, ya que ello desvirtúa el régimen de responsabilidad administrativa y vulnera principios fundamentales de legalidad y eficiencia en la gestión de los recursos públicos.

Caución: una responsabilidad personal, no del Estado

El oficio recuerda que, según el artículo 13 de la Ley de Administración Financiera de la República y Presupuestos Públicos (LAFRPP), los funcionarios encargados de administrar fondos públicos deben rendir caución con su propio peculio. Esta medida busca garantizar el resarcimiento de eventuales daños a la Hacienda Pública y evitar que la administración asuma riesgos financieros ajenos a su competencia.

Contraloría advierte al Ministerio de Hacienda sobre uso indebido de fondos públicos en seguros para jerarcas

La CGR señala que la obligación de caucionar ha sido reiterada tanto por la Sala Constitucional como por la Procuraduría General de la República, reafirmando que la administración no puede financiar estos mecanismos, pues ello trasladaría el riesgo de la gestión pública a los fondos estatales.

Contratación de seguros: límites legales y control de gasto

Si bien el artículo 7 de la Ley Reguladora del Mercado de Seguros establece que el Estado puede contratar seguros con el Instituto Nacional de Seguros (INS), la Contraloría advierte que no toda póliza emitida por esta entidad es válida para contratación estatal. La contratación de seguros solo es admisible si respalda obligaciones económicas legítimas del Estado y no si se utiliza para cubrir riesgos personales de los funcionarios.

Órgano contralor recuerda que pólizas deben ceñirse al principio de legalidad y no pueden trasladar responsabilidades personales al Estado

El ente contralor enfatiza que cualquier indemnización derivada de una póliza estatal debe ingresar a la Hacienda Pública y ser administrada conforme a los principios de legalidad y control financiero. En este sentido, el intento de trasladar al erario la responsabilidad civil de los jerarcas carece de sustento legal y podría constituir una gestión indebida de los fondos públicos.

Llamado a la transparencia y cumplimiento normativo

Ante estas advertencias, la CGR insta al Ministerio de Hacienda a garantizar que cualquier contratación de seguros se realice bajo el marco normativo vigente y a evitar actos que puedan comprometer la correcta administración de los recursos estatales.

El oficio subraya que el respeto al principio de legalidad no solo asegura el buen uso de los fondos públicos, sino que también fortalece la confianza ciudadana en la gestión del Estado, evitando prácticas que puedan comprometer la transparencia y la responsabilidad administrativa.


 

 

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