Macho Coca y Compadre denuncian tortura en una cárcel de Costa Rica

Los dos extraditados afirmaron haber sufrido privación del sueño y otros presuntos malos tratos mientras permanecían bajo custodia estatal. El Ministerio Público documentó sus manifestaciones y las remitió a las instituciones competentes.

Macho Coca y Gabriel Lozano Bonilla, conocido como Compadre, denunciaron haber sido víctimas de presuntos actos de tortura mientras estuvieron recluidos en una cárcel de Costa Rica, antes de ser entregados a las autoridades de Estados Unidos.

Las declaraciones fueron divulgadas por el Ministerio Público y contienen señalamientos sobre privación del sueño, alimentación insuficiente, falta de atención médica y condiciones carcelarias degradantes. Se trata de denuncias que todavía deben ser investigadas y comprobadas por las autoridades competentes.

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Macho Coca y Compadre denuncian tortura en prisión

Vea los testimonios divulgados por el Ministerio Público y el llamado de Radio Zurquí para que estas graves denuncias sean investigadas.

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En un comunicado, la Fiscalía General informó que dirigió la entrega de los dos extraditables a las autoridades estadounidenses con participación de representantes de la judicatura, cuerpos policiales y la Administración para el Control de Drogas de Estados Unidos (DEA).

Según esa comunicación oficial, ambos manifestaron durante el procedimiento haber sido víctimas de presuntos actos de tortura. El fiscal general, Carlo Díaz, documentó sus declaraciones y dispuso remitirlas a la Defensoría de los Habitantes, al Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y a las fiscalías correspondientes para su conocimiento y valoración.

Macho Coca y Compadre extraditados a Estados Unidos, contexto de la denuncia de tortura

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Macho Coca y “Compadre” son extraditados a Estados Unidos

 

La denuncia de presunta tortura surgió durante el procedimiento de entrega. Repase cómo se concretó la extradición de ambos a Estados Unidos.

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Macho Coca denuncia aislamiento, hambre y deterioro de su salud

En su testimonio, Macho Coca describió su permanencia durante un año y ocho meses en el centro de alta contención como un “calvario”. Afirmó que durante los primeros 90 días no le permitieron recibir una cobija y que permaneció cerca de 100 días sin luz dentro de una celda.

También sostuvo que padece diabetes y enfermedad celíaca, pero que no recibió una alimentación adecuada para sus condiciones médicas. Según su relato, perdió 45 kilogramos durante el encarcelamiento y pasó largos periodos consumiendo principalmente arroz, huevo, puré o papa.

Macho Coca denunció además la presencia de ratas, cucarachas y palomas en las áreas donde estuvo recluido. Aseguró que debía limpiar su celda varias veces al día y que los parásitos de las aves le impedían dormir.

Su declaración incluye cuestionamientos sobre la atención médica en prisión. Afirmó que las consultas podían tardar varios días, que no era valorado por especialistas y que buena parte del tratamiento consistía en recetas de medicamentos.

El extraditado atribuyó a esas condiciones un supuesto deterioro físico y cognitivo. Dijo experimentar episodios de desorientación, pérdida de memoria y confusión, aunque tales afectaciones y su posible origen deberán determinarse mediante valoraciones médicas independientes y la revisión de su expediente clínico.

La privación del sueño aparece en las dos denuncias de tortura

Uno de los puntos centrales del relato de Macho Coca es la presunta interrupción sistemática del descanso. Aseguró que, después de conocer que sería extraditado, funcionarios llegaban cada media hora durante la noche para despertarlo. Según dijo, esa práctica le provocó agotamiento, mareos, caídas y una mayor desorientación.

Compadre formuló una denuncia similar. En el video autorizó al Ministerio Público a publicar su declaración y afirmó que durante la noche eran despertados cada 30 o 45 minutos.

Según Compadre, agentes de la Unidad Especial de Intervención (UEI), junto con policías, llegaban armados al área de las celdas durante la noche y, cada 30 o 45 minutos, se asomaban por una abertura y los alumbraban con una luz intensa. También aseguró que esta práctica se aplicaba a otras personas detenidas.

Aunque señaló expresamente a la UEI como uno de los cuerpos participantes, su relato no permite establecer quién habría ordenado estas actuaciones ni determinar responsabilidades individuales, aspectos que deberán ser esclarecidos mediante una investigación.

La coincidencia entre ambas declaraciones convierte la interrupción nocturna en uno de los primeros aspectos de tortura que deberían contrastar las investigaciones. Para establecer qué ocurrió será necesario revisar las bitácoras de vigilancia, grabaciones de cámaras, órdenes operativas, registros de ingreso, protocolos de custodia y testimonios del personal y de otras personas privadas de libertad.

Las denuncias todavía no demuestran que la tortura ocurrió

Los videos recogen las versiones de Macho Coca y Compadre, pero por sí solos no permiten comprobar los hechos ni atribuir responsabilidades individuales. Tampoco sustituyen una investigación penal, médica y administrativa independiente.

La calificación jurídica de las conductas denunciadas deberá realizarse después de preservar y analizar las pruebas. La investigación tendrá que determinar si existió tortura, algún trato cruel, inhumano o degradante, una actuación de vigilancia justificada o eventuales incumplimientos de los protocolos penitenciarios.

Entre los elementos que deberían verificarse se encuentran los expedientes médicos, controles de peso, dietas prescritas, entrega de medicamentos, condiciones sanitarias de las celdas, suministro de alimentos, reportes de plagas, horarios de iluminación y frecuencia de las revisiones nocturnas.

También deberá esclarecerse si las actuaciones denunciadas respondieron a órdenes formales, quién las emitió, cuáles funcionarios intervinieron y qué mecanismos de supervisión se encontraban vigentes.

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El Ministerio Público remitió el caso a las instituciones competentes

La decisión del fiscal general de documentar y remitir las manifestaciones constituye el primer paso institucional conocido. Sin embargo, el comunicado no determina que los hechos hayan ocurrido ni informa todavía sobre conclusiones o responsabilidades.

El Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura de Costa Rica es el órgano encargado de inspeccionar lugares de detención y prevenir la tortura y los malos tratos contra personas privadas de libertad. Su intervención puede contribuir a examinar las condiciones de reclusión y formular recomendaciones, mientras que a las fiscalías les corresponde valorar la existencia de posibles delitos.

Por tratarse de denuncias contra actuaciones presuntamente ocurridas bajo custodia estatal, la transparencia será indispensable. Las instituciones deberían informar, dentro de los límites legales, cuáles diligencias fueron ordenadas, si se preservaron las grabaciones y registros, y qué medidas se adoptaron para proteger a otras personas recluidas en condiciones semejantes.

El contexto de las extradiciones

Macho Coca y Compadre fueron requeridos por autoridades de Estados Unidos en procesos relacionados con presuntos delitos de narcotráfico. Antes de su entrega, ambos permanecían vinculados a causas penales en Costa Rica.

En el caso de Macho Coca, la justicia costarricense autorizó su extradición y posteriormente suspendió una causa local por presunto robo de combustible para facilitar su entrega. Compadre, colombiano naturalizado costarricense, fue requerido por el Distrito Sur de Nueva York y también estuvo vinculado en Costa Rica con el denominado Caso Corona. Ambos procesos de entrega habían sido tramitados para avanzar de forma conjunta.

Las acusaciones que enfrentan no anulan sus derechos fundamentales. Una persona detenida puede ser investigada, juzgada y eventualmente condenada, pero el Estado conserva la obligación de proteger su integridad, garantizar atención médica y mantener condiciones compatibles con la dignidad humana.

Radio Zurqui pide una investigación independiente

Radio Zurqui hace un llamado a la Defensoría de los Habitantes, al Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura, a las fiscalías competentes y a las organizaciones nacionales e internacionales de derechos humanos para que examinen estas denuncias de manera independiente.

La gravedad de lo relatado exige algo más que archivar los videos o recibir una declaración. Es necesario reconstruir lo sucedido, preservar las pruebas, escuchar a otras personas recluidas y establecer si las condiciones denunciadas se limitaban a estos dos casos o podían afectar a una población penitenciaria más amplia.

Investigar no significa aceptar anticipadamente la versión de los denunciantes ni prejuzgar a los funcionarios. Significa cumplir la obligación de esclarecer lo ocurrido cuando una persona bajo custodia estatal denuncia tortura o malos tratos.

Los cargos atribuidos a Macho Coca y Compadre deben resolverse ante los tribunales correspondientes. Sus denuncias sobre tortura en una cárcel de Costa Rica también deben ser investigadas con rigor, independencia y transparencia.

Costa Rica no puede normalizar la tortura ni la degradación humana: ninguna acusación, por grave que sea, despoja a una persona de su dignidad y sus derechos fundamentales.
Este Paisano
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Erick Sojo Marín, “Este Paisano”, es fundador y director de Radio Zurqui. Periodista digital y comunicador político con amplia experiencia en análisis nacional e internacional. Defensor del periodismo independiente, la libertad de expresión y la institucionalidad democrática.
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