PLN denuncia ante el TSE uso de símbolos patrios en propaganda electoral de Laura Fernández

PLN señala uso indebido de símbolos patrios en propaganda de Laura Fernández

El Partido Liberación Nacional (PLN) presentó una denuncia formal ante el Tribunal Supremo de Elecciones (TSE) contra la candidata presidencial Laura Fernández, del partido Pueblo Soberano, por el presunto uso indebido de símbolos patrios en propaganda electoral, en aparente violación de la legislación vigente.

Partido Liberación Nacional acusa a la candidata de Pueblo Soberano de instrumentalizar la bandera, el pabellón y un himno patrio en un video proselitista difundido en redes sociales

La denuncia fue suscrita por Miguel Ángel Guillén Salazar, secretario general del Partido Liberación Nacional, y dirigida específicamente al Departamento de Financiamiento de Partidos Políticos del TSE.

Video electoral bajo cuestionamiento

Según el documento presentado, el 6 de enero de 2026 se habría publicado en la página oficial de Facebook de Laura Fernández un video de propaganda electoral en el que se utilizan de manera explícita:

  • La bandera nacional,

  • El pabellón nacional (bandera con escudo),

  • Y el Himno Patriótico del 15 de Setiembre como acompañamiento musical central.

El PLN sostiene que estos elementos no aparecen de forma accesoria, sino como recursos estructurales del mensaje político, orientados a generar identificación emocional del electorado con una candidatura específica.

El marco legal invocado

La denuncia se apoya principalmente en la Ley N.º 10178, vigente desde 2022, que regula el uso del pabellón, la bandera y el escudo nacionales. Según el escrito, dicha normativa prohíbe expresamente:

  • El uso del pabellón nacional fuera de los fines oficiales del Estado.

  • La utilización de símbolos patrios —e incluso de los colores nacionales como distintivo identitario— en actividades de carácter político-partidario o proselitista.

Adicionalmente, el PLN cita el artículo 55 del Código Electoral, que refuerza la prohibición de adoptar símbolos nacionales como emblemas o elementos de propaganda de partidos políticos o candidaturas.

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No censura previa, pero sí consecuencias

En el documento, el PLN aclara que no solicita censura previa, en respeto a la libertad de expresión. Sin embargo, argumenta que el TSE sí tiene la obligación de examinar la legalidad del material denunciado y, de confirmarse la infracción, ordenar su retiro inmediato y determinar las consecuencias jurídicas y administrativas correspondientes, incluyendo eventuales efectos en materia de financiamiento electoral.

Para el partido denunciante, permitir este tipo de prácticas implicaría diluir la neutralidad simbólica del Estado, erosionar la equidad del proceso electoral y sentar un precedente contrario al respeto que merecen los símbolos de la República.

Lo que solicita el PLN al TSE

La petición concreta al Tribunal Supremo de Elecciones incluye:

  1. Admitir y tramitar la denuncia.

  2. Valorar si el material denunciado contraviene la Ley 10178 y el Código Electoral.

  3. Ordenar el retiro inmediato del video y evitar su nueva difusión.

  4. Determinar las consecuencias jurídicas y administrativas correspondientes.

  5. Fijar un criterio orientador para preservar la neutralidad de los símbolos patrios en el proceso electoral.

Un debate que trasciende la campaña

El caso abre nuevamente el debate sobre los límites de la propaganda electoral, el uso de símbolos nacionales y el rol del TSE como garante de la equidad y legalidad del proceso democrático, en un contexto electoral marcado por fuertes tensiones políticas y cuestionamientos al respeto de las reglas del juego.


 

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