Educadores acudirán a tribunales por lo que consideran un retroceso jurídico y un trato desigual dentro del mismo ministerio.
Los docentes del Título II del Estatuto de Servicio Civil denunciaron esta semana una serie de rebajos en el aguinaldo que califican como un acto ilegal, discriminatorio y contrario a los derechos adquiridos. La controversia surge tras la aplicación de la circular DVM-A-DGTH-CIR-014-2024, emitida por la Dirección de Gestión del Talento Humano del MEP en 2024, que excluyó los subsidios de incapacidad de la Caja Costarricense de Seguro Social (CCSS) y del Instituto Nacional de Seguros (INS) del cálculo del aguinaldo para dicho personal.
La denuncia, que retoma palabras como derechos adquiridos, Título II, aguinaldo docente, discriminación laboral y MEP, sostiene que esta medida constituye un retroceso histórico y una violación del Estado Social de Derecho, al alterar garantías que han regido la Carrera Docente desde 1953.
Un derecho respaldado por ley y por la Procuraduría
El punto central del reclamo se apoya en el artículo 174 inciso c) del Estatuto de Servicio Civil, que reconoce expresamente que el subsidio por incapacidad para el personal del Título II tiene naturaleza salarial y debe computarse para todas las prestaciones, incluyendo el aguinaldo y el salario escolar.
Este criterio no solo está en la letra de la ley: fue reafirmado por la Procuraduría General de la República en dos dictámenes categóricos y vinculantes:
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Dictamen C-227-2015, que ordena considerar el subsidio como salario base para prestaciones.
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Dictamen C-279-2017, que confirma que el aguinaldo debe calcularse incluyendo dicho subsidio.
Pese a su vigencia de ocho y diez años, el MEP decidió aplicarlos hasta 2024, de manera abrupta y sin ningún tipo de gradualidad, consulta sectorial o análisis de impacto.
Trato desigual entre Título I y Título II
Uno de los elementos más graves denunciados es la existencia de un trato desigual dentro del mismo ministerio.
Mientras los funcionarios del Título I no sufren rebajos en aguinaldo, deducciones o préstamos durante incapacidades, los docentes del Título II sí enfrentan recortes significativos.
Dos docentes, un mismo ministerio, idénticas incapacidades… pero dos tratos completamente distintos.
Para los educadores, esto configura discriminación laboral, prohibida por el artículo 33 de la Constitución Política y contraria a los principios que rigen la función pública.
Una incapacidad convertida en castigo económico
La denuncia advierte además que la medida del MEP afecta no solo el aguinaldo, sino también el salario escolar, las deducciones autorizadas y la estabilidad financiera del trabajador, convirtiendo la incapacidad médica —un derecho por enfermedad o riesgo laboral— en una forma de sanción económica encubierta.
Una decisión tardía, mal aplicada y sin transparencia
Los docentes cuestionan por qué los dictámenes del 2015 y 2017 se aplican recién en 2024 sin explicación técnica, sin proceso de socialización, y sin informar adecuadamente al personal.
Para los educadores, la medida contradice no sólo la normativa vigente, sino también el espíritu histórico de la Ley de Carrera Docente, creada para garantizar estabilidad, reconocimiento y protección especial a la labor educativa.
Acción judicial en camino
Los docentes confirmaron que acudirán a tribunales laborales, amparados en el artículo 11 del Código de Trabajo —que declara nulas las renuncias a derechos que favorecen al trabajador— y en los principios constitucionales de igualdad, justicia y progresividad.
El proceso podría tardar entre 12 y 18 meses, pero el gremio asegura estar dispuesto a defender los derechos que la legislación les ha reconocido por más de 70 años.











